
SESIÓN: NUEVO RÉGIMEN DE REDETERMINACIÓN DE PRECIOS DE OBRAS PÚBLICAS
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El asunto Nº 602/21, de autoría del bloque FORJA, que fue acompañado por el resto de los integrantes de la Cámara, crea en el ámbito del Ministerio de Obras y Servicios Públicos, la comisión de control y seguimiento del régimen. Entre las funciones se detallan “analizar la problemática del sector de la construcción y proponer medidas o políticas para superar las mismas; proponer acciones que contribuyan a otorgar certeza y transparencia a los procedimientos”, entre otras.
También, la norma provincial dispone la adhesión a la Ley nacional Nº 27.397 de redeterminación de precios en los contratos de Obra Pública, destinados a viviendas financiadas por el Estado nacional. La adhesión a la norma nacional se aplicará a los contratos nuevos y a aquellos en ejecución La autoridad de aplicación será el lnstituto Provincial de Vivienda y Hábitat (IPVyH). Provincia.
El régimen busca el mantenimiento del equilibrio económico financiero de los contratos de obra pública y de consultoría de obra pública, a través del establecimiento de valores compensatorios de las variaciones de precios de los componentes de los insumos.


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